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El 30 de enero de 2026, la Comisión para el Mercado Financiero (“CMF”) aprobó la Circular N°2.368, que actualiza la normativa sobre prevención del lavado de activos, financiamiento del terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva (“LA/FT/FP”), aplicable a bancos, cooperativas y emisores de tarjetas de pago no bancarias, buscando concordancia con la Circular N° 62 de la Unidad de Análisis Financiero (“UAF”).

A continuación, se resumen los cambios más relevantes introducidos por la Circular, orientados a reforzar la prevención y detección de LA/FT/FP, en línea con la Circular UAF N° 62:  

Oficial de Cumplimiento: se explicita la exigencia de contar con un Oficial de Cumplimiento, destacando que debe ser un funcionario de alta responsabilidad dentro de la entidad, con acceso a todas las operaciones y transacciones que realiza la entidad junto con la documentación correspondiente;

Operaciones Sospechosas: Se exige que el análisis de operaciones sospechosas se haga de forma estructurada y trazable, documentando las etapas, gestiones y fuentes consultadas. Además, se estandariza la nomenclatura, reemplazando el concepto de “operación inusual” por “operación sospechosa”;

Operaciones en efectivo: se extiende la obligación de reportar para incluir depósitos en cuentas bancarias

Debida diligencia y conocimiento del cliente (“DDC”): se adopta la definición de DDC de la Circular N°62 de la UAF y se refuerza como un proceso continuo de análisis de conducta de clientes, tanto en relaciones contractuales como ocasionales;

Beneficiario final: se adopta la definición de beneficiario final de la Circular N°62 de la UAF.

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