El 30 de mayo fue publicada en el Diario Oficial la Ley 21.578 que incrementa el Ingreso Mínimo Mensual (IMM). La ley contempla un calendario de incrementos con miras a lograr, gradualmente, que el sueldo mínimo alcance los $500.000 en julio de 2024.
Calendario de aumentos graduales al IMM:
Fecha | |
1 de mayo de 2023 | $440.000 (retroactivo) |
1 de septiembre de 2023 | $460.000. |
1 de enero de 2024 | $470.000 (sujeto a variación del IPC igual o superior al 6% durante 2023). |
1 de julio de 2024 | $500.000. |
1 d enero de 2025 | Reajuste según la variación del IPC acumulado entre julio y diciembre de 2024. |
IMM e Índice de Precios al Consumidor (IPC)
La norma se hace cargo de los efectos de la inflación en las remuneraciones ya que dispone la aplicación de un reajuste conforme a la variación del IPC en enero de 2025.
Adicionalmente, en el evento de que durante 2023 el IPC presente una variación acumulada superior al 6%, el 1 de enero de 2024 se aumentaría el IMM en $10.000 quedando así en $470.000.
Subsidios Mypymes y Cooperativas
Finalmente, y como parte de las negociaciones del Gobierno con distintos gremios, la ley contempla subsidios por trabajador para Mipymes y Cooperativas. Estos implican la entrega de recursos dependiendo del tamaño de la empresa – los que podrán incrementarse en caso de “deterioro de las condiciones macroeconómicas” – así como beneficios tributarios para este tipo de empleadores.
Esta alerta legal fue preparada por el equipo Laboral de Bofill Mir Abogados con fines informativos generales y no debe ser considerada como asesoría legal.
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Pablo Gutiérrez Luis Alberto Cruchaga